lunes, 28 de noviembre de 2011

Las condiciones leoninas

Según el Diccionario de la RAE, se dice que una cláusula o condición de un contrato es leonina cuando resulta ventajosa para una sola de las partes. Otro repertorio, el Diccionario del Español Jurídico habla de dicho de un contrato, cláusula o condición: que impone exigencias exorbitantes o consecuencias desproporcionadas en caso de incumplimiento. El origen de esta expresión es tan antiguo que se remonta a la Grecia del siglo VI a.C.; en concreto, a la fábula titulada Las partes del león, de Esopo, presunto autor –porque muchos expertos dudan de que realmente existiera– de otros didácticos relatos breves muy famosos, tan moralizantes como el de la cigarra y la hormiga o el de la zorra y las uvas.

Esta narración cuenta la historia de un extraño grupo de cazadores formado por un león, un oso y un zorro. Cuando finalizó el día de caza, los tres animales se reunieron junto a las piezas y el león encargó al enorme plantígrado que se encargara él del reparto de los trofeos. El oso puso tanto empeño en hacer una división equitativa que no vio acercarse al hambriento felino y el león lo mató; después, éste miró al zorro y le pidió que hiciera él el reparto de todas las piezas abatidas. Silenciosamente, el astuto animal amontonó todos los cuerpos junto al oso excepto una pequeña liebre que se quedó para comer él. El rey de la selva lo miró y dio por bueno el reparto, preguntándole: ¿Quién te ha enseñado a dividir así? A lo que el zorro le respondió que acababa de aprenderlo de su amigo el oso.

Con esta moraleja se hace alusión a aquellas situaciones en las que una de las partes de un contrato impone su criterio al otro; según la legislación mercantil española, estas condiciones leoninas se consideran cláusulas abusivas y son nulas.

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